¿Sabes cuáles son las reformas legales que marcaron al sector salud durante 2023?

Para el sector salud, el 2023 fue un año complejo, no sólo por los efectos derivados de la pandemia por COVID-19, sino por la perspectiva de la actual administración sobre los productos y servicios relacionados con ese ámbito.

Esa perspectiva se pudo ver en los cambios implementados, tanto en la operación de servicios de salud pública que llevaron a la cancelación y desaparición de fideicomisos e instituciones relacionadas con la atención de la salud, cancelación de normas oficiales mexicanas, y otros más.

Asimismo, se incrementaron las plataformas y herramientas digitales para la promoción, uso y comercialización de productos y servicios regulados y destinados a la salud.

 

 

De acuerdo con Alberto Campos, socio del Grupo de Industria de Ciencias de la Vida de Sánchez Devanny, “durante los últimos años hemos visto un gran desarrollo en productos farmacéuticos, servicios sanitarios, así como, otros artículos destinados al consumo y uso humano, animal y agrícola, lo que representa un gran reto, desde el punto de vista legal, ya que, en muchos casos, no están contemplados ni cubiertos por el marco normativo vigente. El gobierno ha presentado una perspectiva prohibicionista y restrictiva al respecto, en lugar de una regulatoria”.

La tendencia de restricción y prohibicionismo se fortaleció en este gobierno, no obstante que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado en casos como la legalización del uso del cannabis para diversos fines que incluyen el uso industrial y recreativo.

“También, durante el 2023 se modificaron, derogaron o implementaron un número considerable de Normas Oficiales Mexicanas (NOM), relacionadas con bienes y servicios sujetos a control sanitario en México. Posiblemente el asunto más relevante fue la proyección de cancelación de más de 30 NOMs, las cuales, debido a un considerable número de quejas e incluso recursos legales implementados en contra de estas propuestas de modificación y cancelación, suspendieron su proceso”, comentó Campos.

Asociaciones de pacientes con cáncer de mama, cervicouterino, próstata, diabetes, enfermedades cardiacas, entre otras, se unieron en protesta contra la eliminación de dichas normas.

Asimismo, se implementaron y modificaron otras NOM relacionadas con los sistemas de salud pública, incrementándose el carácter centralizado de las autoridades, con el supuesto objetivo de tener servicios universales, públicos, gratuitos y de carácter preventivo para las personas que no disponen de seguridad social.

Por su parte, las estrategias de publicidad y comercialización de productos se han restringido mucho en los últimos años, las autoridades sanitarias y de protección al consumidor afirman que es debido a los riesgos asociados con estos productos, particularmente la obesidad infantil y adulta, la cual es considerada un importante problema de salud en México.

La restricción se centraba en medios publicitarios conforme se establece en las disposiciones aplicables; sin embargo, al no existir un marco legal adecuado, la publicidad a través de redes sociales y plataformas digitales no estaba sujeta al mismo control. Esto derivó en ciertas reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Reglamento General de Publicidad de la Ley de Salud e incluso algunos intentos de modificar las disposiciones federales sobre telecomunicaciones. Las reformas son poco claras y, en muchos casos, su aplicación difícil, si no imposible.

“La publicidad de productos, como alimentos, bebidas, suplementos dietéticos y cosméticos (que antes sólo estaban sujetos a un aviso ante las autoridades sanitarias mexicanas) ahora deben contar con un permiso específico expedido antes de su difusión en cualquier tipo de medio, situación que ha afectado claramente a la industria debido a la falta de respuesta oportuna por parte de las autoridades”, agregó Campos.

En cuanto a la legislación sobre el tabaco y productos alternativos de nicotina, el gobierno mexicano impuso limitaciones y restricciones a los dispositivos de vapeo y tabaco calentado, lo cual fue impugnado a través de recursos de inconstitucionalidad y en la mayoría de los casos resuelto de manera favorable a los afectados, asimismo se ha impuesto la limitación de su uso en lugares públicos mediante reformas a otras disposiciones legales.

Acorde con la legislación vigente, la mayoría de los tribunales han declarado que las restricciones a la importación y comercialización de estos dispositivos son inconstitucionales, por lo que han otorgado amparos a las partes solicitantes. Estas resoluciones han proporcionado a estas partes la capacidad de importar y comercializar estos productos.

Por su parte, la sociedad civil se ha pronunciado en contra de estas resoluciones, apelando a la salud de los mexicanos y subrayando los efectos nocivos que ocasiona el tabaco.

Los retos en materia de salud fueron muchos y durante el 2024 se verán los efectos y consecuencias para la administración de implementar los cambios y ajustes correspondientes.

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